La Diputación de Córdoba, a través de su Delegación de Cultura, abre la convocatoria de subvenciones de 2026 para la conservación, restauración y rehabilitación de bienes inmuebles de interés histórico-artístico y castillos. Los ayuntamientos, entidades locales autónomas y personas jurídicas privadas podrán presentar sus solicitudes desde el 6 de agosto hasta el 2 de septiembre de 2026, ambos inclusive, exclusivamente mediante la Sede Electrónica de la institución provincial.
Dos líneas de actuación
Línea 1: bienes inmuebles de interés histórico-artístico
Esta línea está destinada a proyectos de conservación, restauración y rehabilitación de bienes inmuebles con interés arquitectónico, arqueológico, industrial, histórico o artístico situados en municipios de la provincia de Córdoba con menos de 50.000 habitantes.
Los inmuebles podrán ser de titularidad pública o privada, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en las bases.
Línea 2: conservación y restauración de castillos
La segunda línea financiera intervenciones en castillos de interés arquitectónico, arqueológico, industrial, histórico o artístico ubicados en municipios cordobeses con una población inferior a 50.000 habitantes, cualquiera que sea su titularidad.
En las dos líneas podrán incluirse actuaciones relacionadas con redes e instalaciones técnicas, como electricidad, agua, saneamiento, climatización o telecomunicaciones. También podrán financiarse intervenciones de señalización, iluminación, accesibilidad, eficiencia energética, seguridad, museografía, interpretación o presentación del inmueble.
¿Quién puede solicitar las subvenciones?
Ayuntamientos y entidades locales autónomas
Podrán presentar solicitudes los ayuntamientos y las entidades locales autónomas de la provincia de Córdoba con una población inferior a 50.000 habitantes.
El inmueble deberá ser de propiedad municipal o encontrarse cedido en uso o depósito por un período superior a 50 años.
Personas jurídicas privadas
También podrán participar las personas jurídicas privadas con domicilio social en la provincia de Córdoba que sean propietarias, poseedoras o titulares de derechos reales sobre inmuebles situados en municipios de menos de 50.000 habitantes.
En estos casos, el inmueble deberá estar efectivamente abierto al público en el momento de presentar la solicitud, con un régimen de visitas de al menos 100 días al año y un mínimo de dos horas diarias . No serán válidos los compromisos o disposiciones de apertura posteriores a la solicitud oa la ejecución de las obras.
Cada entidad interesada podrá presentar una única solicitud , correspondiente a una sola intervención y a una sola línea de actuación.
Qué gastos pueden financiarse
Los gastos deberán estar directamente relacionados con la intervención, ser indispensables para ejecutarla y realizarse dentro del período subvencionable.
Podrán financiarse:
- Los costos de redacción del proyecto de conservación por personal técnico competente.
- Los gastos derivados de la ejecución de las actuaciones previstas.
- El alquiler de medios auxiliares y del instrumental técnico necesario.
No serán subvencionables la adquisición de bienes, los gastos corrientes de funcionamiento, el mobiliario y otros materiales inventariables, los actos de presentación y promoción, las páginas web, el material de comercialización ni determinados gastos financieros, jurídicos, notariales, registrales o administrativos.
Tampoco podrán obtener financiación los proyectos que reciban ayuda de otras delegaciones, patronatos, organismos autónomos locales o consorcios dependientes de la Diputación de Córdoba.
Periodo de ejecución de las intervenciones.
Podrán presentar proyectos realizados o por realizar dentro del periodo comprendido entre el 30 de junio de 2026 y el 30 de junio de 2028 .
Cuando los tres meses siguientes a la publicación de la resolución definitiva superen el 30 de junio de 2028, el plazo podrá extenderse hasta la finalización de ese período adicional.
Documentación necesaria
La solicitud deberá acompañarse de la documentación general acreditativa de la entidad y de su representación legal. Además, el proyecto deberá incluir, entre otros documentos:
- Una memoria con la identificación y descripción del inmueble.
- La valoración de su interés histórico-artístico.
- La descripción de las patologías, daños y riesgos existentes.
- La solución técnica propuesta y su adecuación a los daños detectados.
- La calendarización de la intervención.
- El plano de situación y, cuando esté disponible, la planimetría del estado actual y de la propuesta.
- Un anexo fotográfico en color.
- Un presupuesto descriptivo y desglosado.
- La acreditación de la propiedad, posesión, cesión o derecho real sobre el inmueble.
- La documentación relativa a su régimen de protección patrimonial o una declaración responsable cuando no esté sujeta a ninguno de los regímenes indicados en las bases.
Las personas jurídicas privadas deberán aportar también el certificado de apertura o la autorización administrativa que acredita el número de días y el horario de visita pública del inmueble.
Solicitudes hasta el 2 de septiembre por vía electrónica
Las solicitudes podrán presentarse del 6 de agosto al 2 de septiembre de 2026, ambos inclusive .
La transmisión se realizará de manera exclusiva mediante el Registro Electrónico de la Diputación de Córdoba. La solicitud deberá estar firmada electrónicamente por la persona que ostente la representación legal de la entidad.
- Consultar el texto íntegro de la convocatoria en el Tablón de Edictos
- Acceder al tramitador electrónico de la convocatoria
No se admitirán las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido. El Registro Electrónico proporcionará un documento de acuse de recibo de la operación realizada.
Cómo se valorarán los proyectos
Las subvenciones se concederán mediante concurrencia competitiva. La comisión técnica tendrá en cuenta:
- El interés histórico, artístico y arquitectónico del inmueble y su régimen de protección.
- El nivel de riesgo existente para su conservación.
- La adecuación de las obras propuestas para eliminar o reducir los daños.
- El grado en que la intervención permitirá garantizar la protección del inmueble.
La puntuación alcanzada determinará el porcentaje de financiación, respetando el límite máximo de 50.000 euros y del 75 % del coste total del proyecto.


